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Tribunal Ambiental de Valdivia ordeno medidas cautelares contra proyectos costeros en Valdivia

Proyecto Cutipay I; Proyecto Cutipay II; Proyecto Pilolcura y Proyecto Canelales (Los Pellines): "Cutipay I", "Cutipay II", "Pilolcura", "Canelales" y (Cutipay Alto)

El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia ordenó este miércoles una serie de medidas cautelares que afectan la ejecución de varios proyectos inmobiliarios que se realizan trabajos en sectores costeros de la comuna de Valdivia, Región de Los Ríos.

Los trabajos denunciados son Proyecto Cutipay I; Proyecto Cutipay II; Proyecto Pilolcura y Proyecto Canelales (Los Pellines): «Cutipay I», «Cutipay II», «Pilolcura», «Canelales» y (Cutipay Alto), de las empresas «Sociedad Agrícola Kuriñanco Limitada» y «Sociedad Inversiones e Inmobiliaria Pilolcura Limitada».

El órgano jurisdiccional ordenó paralizar y prohibir la ejecución de obras y acciones en los predios en que se ejecutan los proyectos señalados, entre las que destacan la tala de bosque nativo, intervención de quebradas, construcción de viviendas y, en general, «todas aquellas obras que supongan urbanización del predio o equipamiento destinado a crear nuevos núcleos urbanos».

Las medidas cautelares fueron dictadas a raíz de una solicitud ingresada por el Consejo de Defensa del Estado -en representación del Fisco de Chile- que interpuso una demanda de reparación por daño ambiental contra estas dos empresas en enero pasado.

«Es una demanda de reparación por daño ambiental que ha sido interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado en contra de dos personas naturales y dos personas jurídicas, por los efectos ambientales adversos que se estarían produciendo debido a la ejecución de cuatro proyectos inmobiliarios en la costa de Valdivia», detalló Iván Hunter, ministro del Tercer Tribunal Ambiental.

En esta línea, indicó que «el tribunal, de manera unánime, ha decretado las medidas consistente en la paralización de actividades, junto con ordenar que las demandadas persona jurídica respecto de las cuales se ha decretado la medida, procedan a retirar de los distintos predios los materiales, maquinarias o enseres de construcción y que estén destinados a la ejecución de los mismos».
DIVERSOS INFORMES CONTRA ESTAS EMPRESAS

Entre los antecedentes que se tuvo en consideración para dictar las medidas cautelares se encuentran informes de Conaf, SAG, Seremi Minvu, Sernageomin y la Superintendencia del Medio Ambiente. Además, existen resoluciones de la SMA que establecen que los proyectos se encontrarían al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), al no contar con RCA.

Ante esto, el órgano especializado estimó que se configura «una situación de riesgo o peligro al medio ambiente o la salud de las personas, cuestión que además resulta particularmente sensible cuando se ha constatado la existencia de comunidades indígenas y pueblos originarios en las cercanías del proyecto».

Finalmente se dio cuenta que el Tribunal estimó, preliminarmente, que «los cuatro proyectos, además, se ubican en cordones montañosos y, por consiguiente, sobre relieves en pendiente, por lo que toda intervención a las comunidades vegetacionales podría generar procesos erosivos de ladera, pero también un efecto de fragmentación de ecosistemas, lo que afectaría directamente a la biodiversidad local».

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