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Corte Suprema remite antecedentes de fallo contra el Grupo Jano a la Fiscalía Nacional Económica

Corte Suprema remite antecedentes de fallo contra el Grupo Jano a la Fiscalía Nacional Económica

• Máximo órgano de Justicia acreditó que Jean Jano realizó actos de competencia desleal para impedir que Pasmar levantara Mall Paseo Valdivia. La compañía prepara ahora acción indemnizatoria por los más de dos años de retraso del proyecto a raíz de la casi quincena de acciones administrativas y judiciales interpuestas por el condenado propietario de Mall Plaza Los Ríos.

A la Fiscalía Nacional Económica, FNE, remitió la Corte Suprema todos los antecedentes de su fallo pronunciado 31 de agosto pasado con el cual respaldó lo que ya había dicho la Corte de Apelaciones: que el grupo Jano -liderado por Jean Jano Kourou- había cometido conductas de competencia desleal contra Pasmar, al interponer una serie de acciones judiciales y administrativas tendientes a entorpecer la construcción de Mall Paseo Valdivia, generando un retraso de al menos dos años en el proyecto que se encuentra cerca de abrir en su primera etapa.

La decisión de la Corte Suprema se da en cumplimiento del artículo 10° de la Ley de Competencia Desleal, el cual establece que, si una sentencia determina la existencia de uno o más actos de competencia desleal, el tribunal que la dictó debe remitir todos los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica (FNE). Y este lunes justamente el tribunal le envió todo el expediente al organismo antimonopolio.

“Este fallo es inédito, porque reconoce que no sólo los abusos de acciones judiciales pueden constituir competencia desleal, sino también el abuso de las acciones administrativas. Además, este es el primer fallo por competencia desleal que, viniendo de la justicia civil, condena a los demandados por abuso de acciones jurisdiccionales y administrativas”, explicó el abogado de Pasmar, Nicolás Ubilla.

El jurista agregó que “los demandados han usado y abusado de una serie de acciones que han entorpecido la operación de nuestras representadas, todo ello con el fin de impedir, o, al menos retardar el ingreso de nuestras representadas al mercado de los malls en la ciudad de Valdivia”.

Estas acciones, sostuvo la defensa de Pasmar, le significó a Mall Plaza Los Ríos obtener las ventajas económicas que su posición monopólica les permite, impidiendo a los consumidores beneficiarse de las ventajas de la competencia.

El máximo tribunal respaldó tales acusaciones. “La Corte Suprema conoció el fallo de la Corte de Apelaciones y lo ratificó en cuanto a que se cumplieron las condiciones de competencia desleal”, detalló Nicolás Ubilla.

INDEMNIZACIÓN

A raíz de su derrota en la Corte Suprema, el Grupo Jano deberá ahora publicar la sentencia en un diario de circulación nacional.

En paralelo, Pasmar avanzan en una demanda de indemnización de perjuicios. “Estamos preparando la acción por indemnización de perjuicios. La ley establece que primero se declare la acción de competencia desleal, lo que acaba de ocurrir, para luego reclamar perjuicios. Junto a economistas y especialistas, estamos haciendo una modelación para cuantificar los daños”, concluyó.

CONTRALORÍA

Se debe recordar, además, que la Contraloría Regional de Los Ríos por segunda vez más la licitud del permiso de construcción de Mall Paseo Valdivia, el cual ha sido constantemente puesto en tela de juicio desde 2014 por el controlador de Mall Plaza Los Ríos. En su La Resolución N° E121319 del 12 de julio de 2021, este organismo señaló: “la licitud del anotado permiso de edificación ha sido ampliamente debatida en sede jurisdiccional, razón por la cual, es preciso señalar que este Órgano Fiscalizador se encuentra impedido de informar el presente requerimiento (…) corresponde hacer presente que esta Sede Regional analizó dicha circunstancia, emitiendo un pronunciamiento a través del oficio N° 4.027, de 2018, en el cual concluyó que aquél se encontraría vigente”.

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